HUGO CHÁVEZ FRÍAS
Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la
construcción del socialismo y el engrandecimiento del País, basado en los principios humanistas y en las condiciones morales y éticas Bolivarianas, por mandato del pueblo, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 11 del articulo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el artículo 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en los artículos 4 y 25 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con lo establecido en el artículo 2° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Trabajo, el artículo 2 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo,