La Agencia Tributaria cambia de criterio y ya permite a empresarios y autónomos deducirse en el IVA los suministros de la vivienda, como luz, agua, gas o Internet, si utiliza parte del inmueble no solo para uso privado sino también para ejercer su actividad económica. Eso sí, solo podrá minorarse estos suministros de manera proporcional, es decir, en lo que corresponda al uso que hace de ella para su negocio. Además, esta nueva posición de Hacienda abre la puerta a que los contribuyentes reclamen lo pagado de más en los últimos cuatro ejercicios.