La infracción normativa
El estado peruano aprobó el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido. DECRETO SUPREMO Número 085 guión 2003 guión PCM.
Artículo 160. guión De aplicación de sanciones por parte de los municipios:
Las municipalidades provinciales deberán identificar a los responsables de la contaminación sonora y aplicar, de ser el caso las sanciones correspondientes sanciones dentro del marco establecido por el Decreto Legislativo Número 613 del Código del Ambiente y Recursos Naturales. También pueden establecer prohibiciones y restricciones a las actividades generadoras de ruido, respetando las competencias sectoriales. En el mismo sentido, se podrá establecer disposiciones especiales para controlar los ruidos, que por su intensidad, tipo, duración o persistencia, puedan ocasionar daños a la salud o tranquilidad de la población, aun cuando no superen los valores establecidos en el Anexo Número 1.
La contaminación acústica es un perjuicio grave
El Decreto Supremo N0 085 guión 2003 guión PCM, De los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido, en artículo 40, establece los estándares Primarlos de Calidad Ambiental (ECA) para Ruido establecen los niveles máximos de ruido en el ambiente que no deben excederse para proteger la salud humana