Un trabajador fue despedido de la empresa química en la que trabajaba por enviar información sensible y confidencial a una empresa competidora. Y eso se pudo comprobar porque la compañía accedió a los correos electrónicos enviados desde el ordenador profesional del entonces empleado. El trabajador recurrió su despido por considerar que esa actuación vulneraba su derecho a la intimidad y a la protección de las comunicaciones, pero el Tribunal constitucional, por unanimidad, avala la actuación de la empresa química. Y lo hace al considerar que el acceso a sus correos estaba basado en sospechas fundadas, que fue una decisión idónea para verificar si este empleado cometía irregularidades y que todos los mensajes eran relativos a su actuación profesional. Además el alto tribunal ha tenido en cuenta especialmente el convenio del sector que prohíbe que los medios profesionales sean utilizados para fines diferentes de los laborales.