De acuerdo con el artículo 25 de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Pública del DF, en su capítulo tercero denominado "De las reglas para mantener la paz pública y la seguridad ciudadana", se precisa que "el policía no podrá usar armas letales en la dispersión de manifestaciones".