Madrid, 12 jun (EFE).- El Supremo ha rebajado de 6 años y tres meses a 5 años y diez meses la pena que la Audiencia Provincial de Palma impuso a Iñaki Urdangarin, y le impone una condena por malversación, prevaricación, fraude a la Administración, dos delitos fiscales y tráfico influencias que no le evitará la prisión.
La rebaja de la pena acordada por el Supremo deriva de que le absuelve a Urdangarin del delito de falsedad en documento público cometido por funcionario, al entender que no ha quedado probada su intervención.
La pena implica el ingreso en prisión de Urdangarin, que solo podría evitarla si la Audiencia de Palma decidiera no enviarle a la cárcel en atención a lo que pudiera hacer el Tribunal Constitucional en caso de admitir a trámite un probable recurso de amparo del reo. Sin embargo, dada la pena impuesta, es poco probable que el TC suspenda el ingreso en prisión.
Urdangarin deberá pagar en total algo más de un millón de euros si se suman las multas y las indemnizaciones a las que resulta condenado.
El Supremo rechaza el recurso de Urdangarin salvo en lo relativo al delito de falsedad y señala que no puede cuestionarse la naturaleza pública de los fondos sustraídos mediante la comisión de un delito de malversación, que la sentencia cuantifica en 450.000 euros.
Estos fondos fueron pagados a Nóos "pese a no haberse producido" la contraprestación o, en otras palabras, pese a que "los servicios que correspondían a esos pagos no se habían llevado a cabo". Urdangarin fue inductor y cooperador necesario de esta malversación.
"Está acreditado", dice también el Supremo, que el acusado "a través de su amistad" con Diego Torres, "y la situación de privilegio que disfrutaba como consecuencia de su matrimonio con una hija de quien entonces era Jefe del Estado, consiguió mover la voluntad" del presidente balear Jaume Matas para obtener contratos. Por lo tanto, también cometió tráfico de influencias.
Además, para ocultar los fondos o para poner en práctica sus planes, cometió delitos de fraude y contra la Hacienda Pública, dice la sentencia.
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