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Madrid, 24 nov (EFE).- El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha decidido asumir la investigación abierta en la Audiencia Nacional contra Carles Puigdemont, los 13 exconsellers del Govern cesado y los líderes de ANC y Òmnium por posibles delitos de rebelión, sedición y malversación en el proceso independentista.
De esta manera, la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela seguirá investigando a partir de ahora a los Mossos d'Esquadra, incluido al antiguo mayor Josep Lluís Trapero y la intendente Teresa Laplana, así como a otros miembros del Govern de categoría inferior a los consellers que pudieran ser investigados en el futuro.
En un auto, el magistrado acuerda así que la causa permanezca dividida, en contra de lo que quería la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela y siguiendo también un criterio diferente al de la Fiscalía, que abogaba por que solo los no aforados se quedasen en la Audiencia.
Llarena cree que la investigación que hasta ahora llevaba Lamela contra el Govern cesado y los líderes de ANC y Òmnium, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, está conectada con la causa que tiene abierta en el Supremo contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y otros cinco miembros de la Mesa (aforados todos menos uno) que con sus votos facilitaron el proceso independentista.
Esto es así porque, para Llarena, los hechos investigados de los diputados, del Govern y de los "jordis" requieren de una "intervención coordinada de todos ellos", que "es la que puede llenar de contenido el injusto contemplado en el delito de rebelión", del que por ahora no están imputados Sànchez y Cuixart.
El magistrado reclama en el auto al juzgado de Lamela la parte de la causa relativa al Govern cesado y los "jordis", que queda incorporada a la suya contra los diputados.
Apoya su decisión en que la doctrina del Supremo establece que puede investigar a no aforados solo cuando "se aprecie una conexión material inescindible con los hechos investigados a las personas aforadas", cosa que ocurre en este caso.
Recuerda asimismo que la unificación del procedimiento "tiene una finalidad funcional concretada en la facilitación de la tramitación y en resolver los problemas derivados de la inescindibilidad del enjuiciamiento".
En el presente caso, Llarena señala que uno de los delitos investigados es el de rebelión y que tiene un carácter "plurisubjetivo", es decir, que en él participa una pluralidad de personas, lo que marca la necesidad del enjuiciamiento conjunto.