Constitución venezolana clarifica proceso de referendo revocatorio

teleSUR tv 2016-05-02

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Según el artículo 72 de la constitución de Venezuela se deben cubrir varios requisitos para iniciar un proceso de referendo revocatorio en contra de un presidente; entre otros debe haber transcurrido la mitad de su gestión; un número no menor del 20 por ciento de los electores habilitados para votar por el Consejo Nacional Electoral pueden solicitar el inicio del procedimiento. teleSUR

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