visite www.canalntn24.com - La Corte Constitucional de Colombia expresó su rechazo a la adopción por parte de parejas del mismo sexo, pese a que la ponencia determinaba que la orientación sexual no era un impedimento para participar en estos procesos.
Esto quiere decir que las parejas homosexuales solo podrán tener la potestad de un menor cuando uno de los miembros de la pareja sea el padre biológico del niño. Suscríbete para las ultimas noticias de tu pais: https://www.youtube.com/user/canalNTN24?sub_confirmation=1